Por Bruno Cortés
Las personas migrantes, indígenas y afromexicanas tendrían una protección reforzada frente al reclutamiento forzado por parte del crimen organizado. Así lo plantea la minuta que el Senado de la República recibió este miércoles 21 de octubre de la Cámara de Diputados, que tipifica el delito de reclutamiento con fines delictivos y prevé que las penas aumenten hasta en una mitad cuando concurran circunstancias que agraven la conducta.
El documento, que reforma la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas, fue turnado a las comisiones de Justicia y de Estudios Legislativos, Primera. Su llegada a la Cámara alta ocurre después de que San Lázaro avalara el proyecto, como se informó en la nota sobre la aprobación del reclutamiento forzado en la Cámara de Diputados.
Las penas base del reclutamiento forzado
La minuta distingue dos niveles. El reclutamiento con fines delictivos, es decir, invitar, inducir, incorporar o reclutar a alguien para integrarse a un grupo criminal o realizar actividades ligadas a la delincuencia organizada, se castigaría con 10 a 20 años de prisión y de cinco mil a 50 mil días multa. Cuando medie intimidación, amenaza, coacción, violencia física o moral, o abuso de poder, se considerará reclutamiento forzado, con 15 a 25 años de cárcel y de 10 mil a 80 mil días multa.
Sobre esas penas base operarían los agravantes, que pueden elevarlas hasta en una mitad. En el escenario más grave, el reclutamiento forzado agravado podría superar con holgura los 30 años de prisión.
Víctimas en situación vulnerable
El proyecto identifica como agravante que la víctima pertenezca a un pueblo o comunidad indígena o afromexicana, o que se encuentre en situación de movilidad humana, “cualquiera que sea su condición migratoria”. La precisión es relevante porque las personas migrantes en tránsito por México suelen carecer de redes de apoyo y documentos, lo que las vuelve blanco de grupos que las obligan a trabajar como vigilantes, transportistas o en otras tareas ilícitas.
También se agravaría la pena si se causan lesiones o se emplean tortura, violencia sexual, privación de la libertad, fanatismo religioso o tratos crueles, inhumanos o degradantes, y cuando la víctima posea conocimientos o habilidades especializadas, un supuesto que apunta a la captación de personas con formación técnica, por ejemplo en química, comunicaciones o informática.
Exmilitares, expolicías y guardias privados
Otro grupo de agravantes se centra en el perfil de quien recluta. La pena subiría si el responsable trabajó en seguridad privada y usa información confidencial o capacitación obtenida ahí; si es servidor público, o si perteneció a instituciones de seguridad pública o a la Fuerza Armada Permanente. Para los servidores públicos, además, se prevé la destitución y la inhabilitación para ocupar cargos por un periodo igual al de la condena, contado desde que ésta se cumpla.
La minuta incluye un incentivo a la colaboración: la pena podría reducirse hasta una tercera parte si el autor o partícipe entrega a la autoridad información relevante, corroborada con otras pruebas, que permita esclarecer los hechos o identificar a otros responsables.
El reclutamiento de jóvenes ha sido tema recurrente en el Congreso. Este medio ha reportado sobre la iniciativa para castigar el reclutamiento de jóvenes y sobre propuestas para reforzar la protección de menores captados por el crimen. La reforma que ahora analiza el Senado retoma esa preocupación y la amplía a otros grupos vulnerables.
El procedimiento legislativo marca los siguientes pasos. Las comisiones de Justicia y de Estudios Legislativos, Primera, deberán elaborar un dictamen; si lo aprueban sin cambios, pasará al pleno y, de avalarse, se enviará al Ejecutivo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Si los senadores modifican el texto, la minuta tendría que regresar a la Cámara de Diputados para una nueva revisión, lo que alargaría su entrada en vigor.
En la misma sesión, el Senado recibió otra minuta para ampliar el plazo de implementación del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, también turnada a comisiones. Ambas deberán dictaminarse antes de llegar al pleno.

