Por Bruno Cortés
La senadora Alejandra Barrales Magdaleno, de Movimiento Ciudadano, presentó una iniciativa que busca nombrar en la ley una realidad que, según ella, hoy permanece invisible: el embarazo infantil forzado. El boletín 0335 de la Coordinación de Comunicación Social del Senado, difundido este domingo 25 de octubre, detalla los cambios que propone. Aquí los explicamos uno por uno.
La ley que se reformaría
La propuesta modifica la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, el ordenamiento publicado en 2014 que reconoce a las personas menores de edad como titulares de derechos y que dio origen al Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (Sipinna). La iniciativa plantea tres adiciones: la fracción X Bis al artículo 4, un cuarto párrafo al artículo 47 y un nuevo artículo 83 Bis.
Cambio 1: una definición legal
El punto de partida es la definición. La iniciativa plantea definir el embarazo infantil forzado como aquel que ocurre en niñas de 10 a 14 años, bajo la presunción de que es resultado de violencia sexual.
Según la senadora, hoy, cuando una niña de entre 10 y 14 años se embaraza, no existe un marco jurídico ni garantías específicas que la protejan, omisión que tiene consecuencias jurídicas concretas porque las invisibiliza. “La definición del embarazo infantil forzado”, acotó, “es indispensable, porque, sin un supuesto jurídico que lo nombre, las autoridades carecen de la base legal para activar protocolos y exigir responsabilidades”.
Cambio 2: aviso inmediato a las autoridades
La iniciativa propone que las instituciones de salud, educativas y de asistencia social tengan la obligación de notificar de inmediato a la Fiscalía y a la Procuraduría de Protección cuando tengan conocimiento de un caso. El objetivo es que la investigación se active de forma automática.
Cambio 3: atención integral para las niñas
Barrales planteó garantizar a las niñas atención integral especializada, que incluya servicios médicos y psicológicos, acompañamiento jurídico gratuito para acceder a la justicia, continuidad educativa y protección contra la revictimización. Un elemento clave es que la responsabilidad de iniciar las acciones correspondientes no recaiga en ellas ni en sus familias.
Cambio 4: 180 días para tipificar el delito
Mediante un artículo transitorio, la iniciativa considera indispensable establecer un plazo de 180 días para que el Congreso de la Unión y los congresos de las entidades federativas tipifiquen el delito de embarazo infantil forzado, de modo que el Estado pueda sancionarlo. Esto implicaría reformas penales posteriores, tanto a nivel federal como en los estados.
Por qué lo propone
La senadora citó datos del Sipinna: durante 2025, siete mil 887 niñas de entre 10 y 14 años se convirtieron en madres en México, un promedio de 22 nacimientos diarios. Advirtió que estos embarazos de ninguna manera pueden entenderse como algo normal, como una decisión propia o consentida, porque por su edad y desarrollo estas niñas están en especial vulnerabilidad frente al acoso y la violencia sexual.
Recordó casos recientes en San Cristóbal de las Casas, Chiapas, y en Matamoros, Tamaulipas, así como uniones de niñas de 10 y 12 años con hombres que les llevaban décadas, detectadas en El Oro y en Texcoco, Estado de México. Con esas diferencias de edad, afirmó, “de ninguna manera se puede pensar que en esas uniones hay consentimiento”. Por ello, sostuvo, el embarazo infantil debe verse como una señal de alerta de posible violencia sexual que el Estado está obligado a atender.
Otras propuestas en la misma línea
La protección de niñas frente a uniones y abusos ha sido tema de otras iniciativas, como la propuesta para prohibir el matrimonio infantil por usos y costumbres. En el ámbito local, el Congreso capitalino aprobó una reforma capitalina que hace permanente el castigo a agresores sexuales.
Qué sigue
La iniciativa fue turnada a las Comisiones Unidas de Derechos de la Niñez y de la Adolescencia y de Estudios Legislativos, Segunda, para su análisis y dictamen. Para convertirse en ley, tendría que aprobarse en comisiones, en el pleno del Senado y después en la Cámara de Diputados. Mientras tanto, se trata de una propuesta y no de una norma vigente.


